Prueba de Parentesco
Sondeo/Acción: Pregunte al contribuyente: |
¿Es la persona su hijo, hija, hijastro(a), hijo de crianza elegible, hermano, hermana, medio hermano, medio hermana, hermanastro, hermanastra o un descendiente de alguno de los anteriores (es decir, su nieto, sobrina o sobrino)?
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Si su respuesta es NO, esta persona no es el hijo que reúne los requisitos. Vaya a la Tabla 2, Consejos de entrevista para la exención por dependiente para pariente calificado.
Si su respuesta es SÍ, vaya al Paso 6.
Nota: Un hijo adoptado es considerado como un hijo propio.
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Para cumplir este requisito, la persona debe ser:
- El(La) hijo(a), hijastro(a), hijo de crianza (colocado en su hogar por una agencia de colocación autorizada) del contribuyente, o un descendiente (por ejemplo, un nieto) de alguno de los anteriores
- El hermano, la hermana, el hermanastro, el medio hermano, la medio hermana, la hermanastra del contribuyente, o un descendiente (por ejemplo, la sobrina o sobrino) de alguno de los anteriores
Un hijo adoptado se trata igual como un hijo natural a los fines de las relaciones descritas anteriormente. Por ejemplo, una hermana o hermano adoptado es una hermana o hermano del contribuyente. Un hijo adoptado incluye a un hijo colocado legalmente con una persona con propósitos de adopción legal.
Oprima aquí para ver los Consejos para la entrevista, Tabla 1: Exención por dependientes, en la pestaña de Exenciones/Dependencias de la Guía de Recursos para Voluntarios.