Internal Revenue Service United States Department of the Treasury
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Crédito Tributario Adicional por Hijos(as)

¿Quién, Cómo y Cuándo?

Contribuyentes de Puerto Rico Que Tienen Ingresos Sujetos a Tributación a EE.UU.

Crédito Tributario por Hijos(as) y Crédito Tributario Adicional por Hijos(as)

Contribuyentes que tienen ingresos sujeto a impuestos de EE.UU. pueden calificar para el crédito tributario por hijos(as) (cantidad no reembolsable) y/o si tienen por lo menos un hijo calificado e ingresos del trabajo (earned income) sujeto a tributación federal sobre $2,500. el crédito tributario adicional por hijos(as) (reembolsable).

El crédito tributario por hijos(as) concede a contribuyentes elegibles hasta $2,000 por cada hijo que califique. La parte no utilizada de este crédito para el pago de contribución federal, hasta un máximo de $1,600 por cada hijo calificado, puede reclamarse como tributario adicional (reembolsable) si el contribuyente tiene sobre $2,500 en ingresos del trabajo (earned income) sujetos a tributación federal.

Información Adicional.

Estos contribuyentes deben completar el formulario 8812 para reclamar los créditos por hijos calificados y otros dependientes. En la línea 2a, incluya los ingresos de Puerto Rico excluídos bajo la Sec. 933.

Tip

Estos contribuyentes también pueden reclamar un crédito no reembolsable de hasta $500 por dependiente que no sea un niño elegible, o es un niño elegible pero no tiene número de seguro social (SSN) en la fecha de vencimiento de la declaración de impuesto.

Anexo 8812 que muestra la Parte I.